Vocalía de Culto y Espiritualidad

     1.   Corresponde a la Vocalía de Culto y Espiritualidad llevar a la práctica el fin propio y principal de la Hermandad: el de promover el culto público, favoreciendo y cultivando la fe de sus miembros, tratando de que la Palabra de Dios, la oración y los sacramentos fundamenten la espiritualidad de ellos.

 

     2.   La Vocalía promoverá los actos concretos a través de los cuales se alimenta y expresa la vida espiritual, que son, entre otros:

  1. La Eucaristía, de modo especial la dominical.
  2. La Liturgia de las Horas.
  3. La preparación de Navidad y Triduo Pascual.
  4. Las celebraciones comunitarias de la Penitencia, sobre todo en los tiempos fuertes de la liturgia: Adviento, Cuaresma y Pascua.
  5. El Vía Crucis.
  6. La devoción a la Santísima Virgen.
  7. Los retiros y ejercicios espirituales.
  8. La celebración de Titulares y Patronos.
  9. Las manifestaciones públicas recogidas en el artículo 4.1 de estos Estatutos.

 

     3.   La vocalía de culto y espiritualidad se responsabilizará de la programación, organización, ejecución y posterior revisión de los actos de culto y espiritualidad previstos en las reglas o que, sin estarlo, se consideren convenientes para la vida cristiana de los hermanos. Procurará igualmente, que se fomente la espiritualidad de la Hermandad. 

 

Esta vocalía de modo especial, contará siempre con la ayuda, consentimiento y asesoramiento del Director Espiritual o Párroco.

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