Diputado Mayor de Gobierno

      1.   Esta vocalía se responsabilizará de las manifestaciones religiosas públicas de la Hermandad, como salidas procesionales, vía crucis  y estaciones de penitencia.

 

      2.   En coordinación con la vocalía de culto y espiritualidad procurará que se cumplan todas aquellas disposiciones que afectan al sentido cristiano de estos actos y velará para que sean válidas catequesis para el pueblo fiel, por su dignidad y devoción cristiana, tal como se expresa en estos estatutos y en las normas diocesanas.

 

      3.   Se le encomienda la relación con las autoridades civiles, para aquellos aspectos de las manifestaciones externas de culto que puedan afectar al orden público, tráfico, circulación y seguridad ciudadana.

 

      4.   Para las salidas procesionales no establecidas en los Estatutos de la Hermandad, necesariamente deberá contar con la aprobación del Cabildo General, y con la autorización expresa de la autoridad eclesiástica y de las autoridades civiles.

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